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SABÍAS QUE VENEZUELA CUENTA CON LA PRIMERA REGULACIÓN EN MATERIA DE VAPEADORES DE TODA AMÉRICA LATINA?

Tal como lo lees, Venzuela es el primer país con una resolución activa en materia de Vaporizadores.

 

Denominada como "Resolución de regulación de importación, exportación, distribución, comercialización, uso, publicidad y promoción de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y demás accesorios", y publicada en Gaceta Oficial 42.096, resolución 025 de fecha 20 de Marzo de 2021. 

 

Dicha resolución busca regular y fijar un marco de legalidad para que dichos dispositivos puedan comerciarse libremente en nuestro país sin tener las limitantes evidenciadas en los últimos años en el exterior. Aunado a las características descritas en el título de la misma, se le suma el factor de libre fabricación en nuestro territorio lo que a su vez ampara al fabricante del producto como a la distribuidora que lo promociona. 

 

La resolución 025 habla expresamente sobre los Consumibles; que en este caso se refiere a los líquidos que acostumbramos a utilizar en el país, describiendo así a los avalados y permitidos por dicha normativa. Junto a ello deja claramente prohibida y vetada la venta de dichos dispositivos a menores de edad, emitiendo una pena corpórea sujeta a los establecido en el Código Penal Venezolano, así como en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes respectivamente vigentes.

 

Para sorpresa de muchos que creían que la resolución no estaba válida o vigente hasta la fecha, en el Artículo 11 de la misma establece expresamente "La presente Resolución entrará en vigencia a los sesenta (60) días continuos a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela." lo que deja evidencia tácita sobre su vigencia y legalidad en el comercio venezolano. 

 

Si bien es cierto, aún nos falta mucho camino por recorrer; podemos decir hoy en día que Venezuela está haciendo cambios importantes en el ámbito comercial para y por los vapeadores de nuestro país. 

 

 

¿Quiéres saber más? En el siguiente link podrás leer la resolución completa:

Gaceta Oficial 42.096. Resolución 025

 

Fuente: Imprenta Nacional / Gaceta Oficial.

 

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